Protección del consumidor financiero
Entérate de las prácticas para protegerte como consumidor financiero, conoce las prohibiciones y prácticas abusivas del mercado, y cuáles son las funciones del defensor del consumidor financiero.
¿Eres consumidor financiero? ¡Protégete!
Toma nota y pon en práctica las medidas que enumeramos a continuación si estás interesado en adquirir o usas ya un servicio/producto financiero.
Ten en cuenta que el no ejercicio de las prácticas de protección propia por parte de los consumidores financieros no implica la pérdida o desconocimiento de los derechos que le son propios ante las entidades vigiladas y las autoridades competentes. De igual manera, no exime a las entidades vigiladas de las obligaciones especiales consagradas en la presente ley respecto de los consumidores financieros.
- Infórmate sobre los órganos y medios de los cuales dispone la entidad para presentar peticiones, solicitudes, quejas o reclamos.
- Cerciórate si la entidad con la cual deseo contratar o utilizar los productos o servicios se encuentre autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
- Infórmate sobre los productos o servicios que pienso adquirir o emplear, indagando sobre las condiciones generales.
- Observa las instrucciones y recomendaciones que imparte la entidad vigilada sobre el manejo de productos o servicios financieros.

Como consumidor financiero ten siempre esta información a la mano
- Las condiciones, tarifas o precios y la forma de determinarlos.
- Lista detallada de todos los cargos o costos por utilización de los servicios o productos.
- Las características de los productos o servicios.
- Aspectos que puedan implicar un costo para el consumidor financiero.
- Las consecuencias derivadas del incumplimiento del contrato
- Los derechos y obligaciones.
- Las medidas para el manejo seguro del producto o servicio
¿Cuáles son las prohibiciones y prácticas del mercado?
En los contratos no se podrán incluir cláusulas que:
- Impliquen limitación o renuncia al ejercicio de los derechos de los consumidores financieros.
- Inviertan la carga de la prueba en perjuicio del consumidor financiero.
- Incluyan espacios en blanco.
- Limiten los derechos de los consumidores financieros y deberes de las entidades vigiladas o exonere, atenúe o limite la responsabilidad de dichas entidades y que puedan ocasionar perjuicios a consumidor financiero.
Se consideran prácticas abusivas:
- El condicionamiento al consumidor financiero.
- El iniciar o renovar un servicio sin solicitud o autorización expresa del consumidor.
- La inversión de la carga de la prueba en caso de fraudes en contra de consumidor financiero.
